Inversión
Retrocesión
En banca privada y distribución de fondos, la comisión que un proveedor de productos devuelve al banco o asesor que colocó su dinero en ese producto.
Creado: 2026-10-04 • Actualizado: 2026-10-06
En banca privada y distribución de fondos, una retrocesión es un pago de una gestora de fondos o de un emisor de productos al banco, la plataforma o el asesor que le vendió el producto o lo mantiene en su cartera. No es el término homónimo del reaseguro: aquí significa que parte de la comisión que usted paga por un producto vuelve a quien se lo recomendó. Esta entrada está pensada para familias con inversiones en uno o varios bancos privados que quieren comprobar lo que pagan: la respuesta está en un informe que su banco ya le debe cada año.
Cómo funcionan las retrocesiones
La mayoría de los fondos de inversión cobran una comisión de gestión anual dentro del propio producto. La gestora se queda una parte y cede otra al distribuidor, a menudo mientras usted mantenga el fondo, por lo que estos pagos también se conocen como comisiones de mantenimiento (trailer fees). Los productos estructurados pueden incorporar un margen similar, incluido en el precio de emisión. En la Unión Europea, estos pagos están sujetos a las normas de MiFID II sobre incentivos (inducements). Cuando se divulgan, suele ser en el informe de costes y gastos o en la documentación del fondo, rara vez en la página que usted lee cuando se le hace la recomendación.
¿Qué son las retrocesiones bancarias?
Son pagos de una gestora o un emisor de productos al banco o asesor que colocó su dinero en su producto, normalmente una parte de la comisión de gestión anual. Usted las paga de forma indirecta, a través de los costes del producto, y dan a quien recomienda un motivo para preferir un fondo frente a otro.
Qué servicios permiten al banco quedarse con las retrocesiones
Que una retrocesión pueda quedarse en el banco depende del servicio que figura en su contrato, no del producto. MiFID II, la directiva europea que regula los servicios de inversión (Directiva 2014/65/UE), fija la regla de cada caso en su artículo 24. Nuestra entrada sobre wealth management aplica las mismas reglas a cada figura: banquero privado, gestor patrimonial, asesor independiente.
| Servicio | ¿Puede el banco quedarse con las retrocesiones? | Norma de MiFID II |
|---|---|---|
| Asesoramiento independiente | No. No puede aceptar ni retener pagos de terceros; solo se admiten beneficios no monetarios menores, claramente comunicados | Art. 24, apdo. 7, letra b) |
| Asesoramiento no independiente | Sí, si el pago está diseñado para elevar la calidad del servicio, no perjudica el deber de actuar en su mejor interés y se le comunica de antemano | Art. 24, apdo. 9 |
| Mandato discrecional (gestión de carteras) | No. La misma prohibición que el asesoramiento independiente | Art. 24, apdo. 8 |
| Mera ejecución | Sí, en las mismas condiciones que el asesoramiento no independiente | Art. 24, apdo. 9 |
El banco debe indicarle, antes de asesorarle, si su asesoramiento es o no independiente (art. 24, apdo. 4, letra a)). Si su contrato no dice cuál de los cuatro servicios recibe, eso es lo primero que debe aclarar. Un mandato discrecional es el servicio en el que usted delega las decisiones de inversión en el banco; la prohibición de retener pagos de terceros es una de las protecciones que lo acompañan.
Cómo encontrar las retrocesiones en su informe anual de costes y gastos
Una empresa de servicios de inversión de la UE que le recomendó o comercializó los productos, incluido el banco privado donde tiene su cartera, debe facilitarle información sobre todos los costes y gastos al menos una vez al año (MiFID II, art. 24, apdo. 4). El Reglamento Delegado (UE) 2017/565 concreta esta obligación en un informe anual ex post: se le debe siempre que el banco haya recomendado o comercializado los productos y mantenga con usted una relación continuada, y ha de ser personalizado, basado en los costes en los que usted ha incurrido realmente (art. 50, apdo. 9).
Léalo en este orden:
- Costes totales, expresados como importe en efectivo (en euros, en una cuenta en euros) y como porcentaje (art. 50, apdo. 2). Es la cifra que debe comparar de un año a otro y entre bancos.
- Costes del servicio y costes del producto. El informe agrega lo que el banco cobra por sus servicios y lo que cuesta fabricar y gestionar los propios productos (art. 50, apdo. 2). Las retrocesiones suelen estar dentro de los costes del producto: salen de los gastos corrientes de los fondos que usted tiene, de modo que a menudo no aparecen como una línea adicional en su factura.
- Pagos de terceros recibidos por la empresa, que deben desglosarse por separado (art. 50, apdo. 2). Aquí es donde aparecen las retrocesiones. Un importe en esta línea es lo que los proveedores de productos pagaron al banco sobre su dinero; un cero solo significa algo si la línea figura en el informe.
- El desglose detallado. El informe puede mostrar solo cifras agregadas, pero usted tiene derecho a un desglose si lo solicita (MiFID II, art. 24, apdo. 4). Muestra los pagos producto por producto.
Tres preguntas que revelan si su banco se queda con retrocesiones
Revise la línea de pagos de terceros en el informe anual de costes y gastos. Si no aparece, o muestra solo un total, pida por escrito el desglose al que MiFID II le da derecho. Después pregunte qué servicio recibe: con asesoramiento independiente o mandato discrecional el banco no puede retener retrocesiones; con los demás servicios sí, si las comunica.
Envíe estas tres preguntas por correo electrónico a su banquero privado y archive las respuestas junto al informe anual:
- ¿Qué servicio recibo según nuestro contrato: asesoramiento independiente, asesoramiento no independiente, mandato discrecional o mera ejecución?
- Les ruego que me envíen el desglose de los costes y gastos del último año, incluido cada pago de terceros que haya recibido el banco, en euros y por producto.
- Para cada fondo que tengo, ¿existe una clase de participación que no pague retrocesión y, si existe, por qué no se ha utilizado?
Las respuestas por escrito convierten una conversación sobre confianza en un documento que usted puede comparar entre bancos y entre años.
Por qué importa a su escala
Un banquero privado puede ser amable, competente y, aun así, estar pagado por los productos de su cartera. El conflicto es estructural, no personal. En familias con un patrimonio de varios millones a decenas de millones, la cuestión rara vez es el importe de un pago concreto; es si la cartera se construyó a partir de lo que sirve a la familia o de lo que paga al distribuidor. Un mandato discrecional lleno de fondos de la casa hace la pregunta más difícil de ver, y algunos multi-family offices siguen el mismo modelo.
Independencia significa que el asesor está pagado por la familia, y solo por la familia. Esa es la línea que trazamos cuando Pedro Souto creó PWA. PWA diseña y gestiona la capa operativa en torno al patrimonio privado, incluidas las revisiones de comisiones y conflictos de interés en Arquitectura de Inversión y Patrimonio y Planificación y Estructuración Patrimonial. PWA no gestiona dinero, no tiene mandatos, no cobra comisiones y no presta asesoramiento regulado de inversión, fiscal o legal. Para saber qué paga su estructura actual y a quién, solicite una segunda opinión escrita.
Fuentes
- Directiva 2014/65/UE (MiFID II), artículo 24 (texto consultado en la copia de la versión de la UE en legislation.gov.uk): apartado 4 sobre la información de costes y gastos, agregada, desglosada a petición del cliente y facilitada al menos una vez al año; apartado 4, letra a), sobre la obligación de indicar si el asesoramiento es independiente; apartado 7, letra b), y apartado 8 sobre la prohibición de aceptar y retener pagos de terceros en el asesoramiento independiente y la gestión de carteras; apartado 9 sobre las condiciones para los demás servicios. Consultado el 2026-10-06.
- Reglamento Delegado (UE) 2017/565 de la Comisión, artículo 50: apartado 2 sobre la agregación de los costes del servicio y del producto, el desglose por separado de los pagos de terceros y la expresión del total en importe y en porcentaje; apartado 9 sobre el informe anual ex post, personalizado. Consultado el 2026-10-06.
Esta entrada forma parte del glosario de PWA, que explica con claridad términos utilizados en la arquitectura moderna de family office.
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